Nuevas reglas del SRI al transporte comercial

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El Servicio de Rentas Internas (SRI) implementó nuevas disposiciones que modifican la forma de facturar en el transporte terrestre comercial, excepto el servicio de taxis. A partir de esta normativa, los socios o accionistas de las operadoras ya no podrán emitir facturas directamente a los clientes finales. Ahora, deberán facturar únicamente a la operadora a la que pertenecen, mientras que será esta la responsable de emitir el comprobante al usuario del servicio.

La resolución también establece nuevas obligaciones administrativas, entre ellas:

✅ Actualizar el RUC con la información de la operadora dentro del plazo establecido, evitando la suspensión del registro tributario.

✅ Adecuar los sistemas de facturación electrónica para incluir la placa del vehículo que prestó el servicio.

✅ Garantizar que los gastos por transporte sean respaldados con comprobantes emitidos por operadoras autorizadas, requisito indispensable para su deducibilidad tributaria.

Estas medidas buscan fortalecer el control tributario y unificar la facturación del sector, por lo que transportistas, operadoras y empresas contratantes deben revisar sus procesos internos para cumplir con la nueva normativa y evitar sanciones.

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