En el nuevo reglamento de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) se establecen nuevos márgenes de tolerancia para el exceso de velocidad.
Las multas por exceso de velocidad solo se aplicarán cuando el conductor supere ciertos márgenes adicionales al límite permitido, dependiendo del tipo de radar:
- Radar fijo: tolerancia de +5 km/h sobre el límite.
- Radar móvil: tolerancia de +7 km/h sobre el límite.
Con radar fijo:
- Vías urbanas: hasta 55 km/h
- Vías perimetrales: hasta 95 km/h
- Rectas de carretera: hasta 105 km/h
- Curvas de carretera: hasta 65 km/h
Con radar móvil:
- Vías urbanas: hasta 57 km/h
- Vías perimetrales: hasta 97 km/h
- Rectas de carretera: hasta 107 km/h
- Curvas de carretera: hasta 67 km/h
Las sanciones corresponderían:
- Exceso dentro del rango moderado: Multa del 30% del Salario Básico Unificado (SBU), (141 usd / 2025).
- Exceso mayor al rango moderado: Multa de 470 usd (equivalente a 1 SBU), tres días de cárcel y la reducción de 10 puntos en la licencia de conducir.
Fuente: Metroecuador